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La ambigüedad e inaplicabilidad del tipo penal de legitimación de ganancias ilícitas: Bolivia, 25 años de lucha imperfecta

  • Autores: Ramiro Rivas Montealegre
  • Localización: Revista de Derecho, Empresa y Sociedad (REDS), ISSN-e 2340-4647, Nº. 18-19, 2021, págs. 133-150
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • español

      La lucha contra el lavado de dinero, emprendida hace 25 años por Bolivia con la tipificación del delito de “Legitimación de ganancias ilícitas” y la creación de la “Unidad de Investigaciones Financieras” (UIF) por Ley 1768 de 10 de marzo de 1997, se ha convertido en un difícil problema para los gobiernos dado que, por una parte, se hace inaplicable el tipo penal de legitimación de ganancias ilícitas por el defecto de contar con dos verbos rectores que son “procedan y vinculados”, entendiéndose que el lavado de dinero para ser investigado y sancionado debe demostrarse el origen de un delito precedente determinado como delitos graves, generando una ambigüedad interpretativa y ejecutoria de la Ley, en consecuencia el delito no es autónomo. Asimismo, la Constitución Política del Estado de 2009, le puso tinte de retardación de justicia al incorporar el Artículo 112 referido a la imprescriptibilidad procesal y el Artículo 123 a la retroactividad investigativa, de tal manera que una investigación por corrupción jamás concluirá, así como a la vez serán investigados el pasado hasta no sabemos cuándo, tema que se hace extensible a la lucha contra el lavado de dinero cuyo delito precedente sea de corrupción pero, con la Ley 004 de Lucha Contra la Corrupción de 31 de marzo 2010, en la práctica llego a cooptar todo lo relacionado al delito de lavado de dinero, dejando de lado el dinero proveniente de las drogas, entre otros delitos graves; de este modo un franco fracaso al tratamiento penal como delito autónomo. Estos antecedentes, llevan a que Bolivia retroceda en plantear nuevas políticas públicas para enfrentar este tipo de delitos, más aún los delitos precedentes más graves que afectan a Bolivia como el narcotráfico y la corrupción, entre otros.

    • English

      The fight against money laundering, undertaken 25 years ago in Bolivia with the typification of the crime of "Legitimation of illicit profits" and the creation of the "Financial Investigations Unit" (FIU) by the Law 1768 of March 10, 1997, It has become a difficult problem for governments given that, on the one hand, the criminal type of legitimization of illicit profit sources is inapplicable due to the defect of having two guiding verbs that are "source and linked", understanding that money laundering money to be investigated and sanctioned, the origin of a predicate offense determined as serious crimes must be demonstrated, generating an interpretive and executory ambiguity of the Law, consequently the crime is not autonomous. Likewise, the Political Constitution of the State of 2009, gave it a delay of justice by incorporating Article 112 referring to procedural imprescriptibility and Article 123 to investigative retroactivity, in such a way that an investigation for corruption will never conclude, and at the same time, the past will be investigated until we do not know when, an issue that extends to the fight against money laundering whose predicate offense is corruption, but, with Law 004 on the Fight against Corruption of March 31, 2010, in practice it co-opt everything related to the crime of money laundering, leaving aside the money from drugs, among other serious crimes; in this way a frank failure to criminal treatment as an autonomous crime.


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