San Cristóbal de La Laguna, España
La irrupción de la denominada revolución digital ha supuesto en todos los órdenes una modificación de los comportamientos sociales planteando a nuestro Derecho nuevos retos que hasta ahora eran desconocidos. El presente trabajo constituye un estudio de los requisitos que han de tener las pruebas derivadas de la comisión de delitos a través de medios informáticos, su licitud y modo de incorporación al proceso penal. En este contexto, viene siendo tradicional en la doctrina y jurisprudencia penal española que para que una prueba se repute lícita, esto es, en última instancia válida, ha de traerse al proceso con una serie de garantías, siendo la más relevante la de poder ser sometida a contradicción, momento en el que la pericia informática, a través de la práctica forense, puede alcanzar un papel en orden a confirmar o denegar la validez de aquéllas para operar como prueba de cargo o descargo en el proceso penal.
The appearance of the dominant digital revolution has led to a modification of social behaviour in all areas, posing new challenges to the Law that were until now unknown.
This work constitutes a study of the requirements for gathering evidence, derived from the commission of crimes through computer media, its legality, and the way in which they are incorporated into criminal proceedings. In this context, it has been traditional in criminal doctrine and jurisprudence that an evidence, to be considered lawful, that is, ultimately valid, it must be brought to the process with a number of procedural guarantees, being the most relevant one the possibility to be subject to contradiction. It is in this light when computer expert, through their forensic practice, can be involved in order to confirm or deny the validity of potential evidence which, in turn, may relate to the charge or discharge of criminal proceedings.
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