Este artículo tiene por objeto analizar (a propósito de la crisis sanitaria del Covid-19) el rol que ha jugado en el pasado, y hasta el presente, la protección de la salud pública en la limitación de la movilidad humana internacional. Los Estados son competentes para restringir la libre circulación, y eventualmente excluir a determinadas personas que desean ingresar a su territorio, cuando ello pueda significar una amenaza para la salud pública. No obstante, una decisión estatal en este sentido debe adoptarse con fundamentos estrictamente epidemiológicos, excluyendo cualquier otra clase de consideraciones que, en la práctica, han lesionado los derechos humanos de las personas migrantes.
This paper analyzes (concerning the crisis of Covid-19) the past and present role of public health, limiting human mobility. Indeed, States have powers to restrict free movement, and eventually, exclude certain people who may be a danger to public health. However, any state decision that does this, must have a strictly epidemiological basis, and exclude any other type of considerations that, in practice, have affected human rights of migrants.
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