En este comentario analizamos la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de marzo de 2021 (rec. núm. 1088/2019 –NFJ083795–) en la que el órgano jurisdiccional se enfrenta a la determinación de la residencia fiscal de un trabajador desplazado al extranjero.
El entorno económico social internacionalizado evidencia que cada vez es más frecuente que los trabajadores tengan que desplazarse fuera del territorio de su país por motivos laborales pudiendo suscitarse diversas cuestiones respecto a su residencia. La aplicación de nuestra normativa interna plantea diversas problemáticas en cuanto a los elementos y la valoración de la prueba de la residencia fiscal en el extranjero. De hecho, el tratamiento tributario de las rentas obtenidas durante las estancias laborales en el exterior y la acreditación de la residencia en otro país han sido durante los últimos años una de las cuestiones estrella que ha merecido numerosos pronunciamientos de nuestros tribunales. La conflictividad persiste y como botón de muestra reciente hallamos el interesante asunto enjuiciado en el pronunciamiento objeto de este comentario.
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