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¿Hacia un [errático] control de abusividad de las cláusulas predispuestas relativas a los elementos esenciales de los contratos de consumo?

    1. [1] Universidad de Córdoba

      Universidad de Córdoba

      Cordoba, España

  • Localización: La Ley mercantil, ISSN-e 2341-4537, Nº. 87 (enero), 2022
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      Este trabajo ofrece una reflexión crítica sobre la propuesta del Ministerio de Consumo de reformar la normativa de protección de los consumidores con la finalidad de someter a control de contenido o abusividad las cláusulas no negociadas individualmente relativas a los elementos esenciales del contrato, incluso cuando dichas estipulaciones son plenamente transparentes. A juicio del autor, se trata de una opción de política legislativa errática y desafortunada por varias razones. La primera gira sobre la inconsistencia de las causas normativas con las que el redactor del Anteproyecto pretende justificar su elaboración. La segunda versa sobre la falta de sintonía apreciable entre la solución por la que opta el Anteproyecto y la que ha cristalizado en nuestro Derecho, en materia de transparencia, a partir de la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario. La tercera, por último, conecta con la teoría general del contrato y el fundamento del control de transparencia material, y pone el acento en la inadmisibilidad de llevar a cabo un control de contenido de las cláusulas relativas tanto al objeto principal del contrato como a la adecuación entre precio y prestación. Sobre la base de estas razones, el autor finaliza recomendando al legislador que no acometa la modificación proyectada, convencido de que, a buen seguro, va a generar bastante más problemas que los que (erróneamente) pretende solucionar.

    • English

      This work offers a critical reflection on the proposal of the Ministry of Consumption to reform the consumer protection regulations in order to subject to content or abusiveness control the non-individually negotiated clauses relating to the essential elements of the contract, even when said stipulations are fully transparent. In the author’s opinion, this is an erratic and unfortunate legislative policy choice for several reasons. The first consists of the inconsistency of the normative causes with which the drafter of the reform tries to justify its elaboration. The second deals with the appreciable lack of harmony between the solution chosen by the Draft Project and the one that has crystallized in our Law, in matters of the transparency, as of the entry into force of the Real Estate Credit Contracts Law. The third, finally, connects the general theory of the contract and the foundation of the material transparency control, and focuses on the inadmissibility of carrying out a content control of the clauses relating to the main object of the contract, as well as the adequacy between the price and the good or the service contracted. On the basis of these reasons, the author ends by recommending to the legislator not to carry out the proposed modification, convinced that, surely, it will generate much more problems than those it (erroneously) tries to solve.


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