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Resumen de La responsabilidad penal de la persona jurídica por el maltrato animal en España. Un propuesta de “Lege ferenda”.

Carolina Cecilia Leiva Ilabaca

  • español

    En abril de 2021, a través de un video profusamente difundido por las redes sociales y medios de comunicación masiva, quedaron al descubierto una serie de vejámenes y torturas a los que eran sometidos un conjunto no menor de animales al interior del laboratorio privado Vivotecnia, en Madrid. En dicho material se observa a perros, ratas, conejos, pequeños simios y cerdos sufriendo tormentos inenarrables a manos de los encargados de su manejo al interior del plantel. Como era de esperarse, las demandas de intervención penal por la comisión de acciones subsumibles en la descripción típica del delito de maltrato animal no tardaron en surgir, provocando la intervención de la autoridad sanitaria y el inicio de una investigación penal por la comisión de dicho delito. Con todo, la persecución penal en ciernes no puede aspirar más que a la condena de las personas físicas que hubieren probadamente participado en los hechos, sin alcanzar, en caso alguno, a la persona jurídica, ello a pesar de que la habitualidad y frecuencia de los hechos en el particular daría cuenta de que ésta no podría sino haberlos conocido. En efecto, esto es así por cuanto la normativa jurídico-penal española contempla un sistema cerrado de delitos que permiten atribuir responsabilidad penal a las personas jurídicas, no previendo la posibilidad de este tipo de imputación respecto del tipo penal de maltrato animal. El presente artículo indaga en dicha imposibilidad, favoreciendo la idea de su incorporación al catálogo, como reclamo de lege ferenda

  • English

    In April 2021, through a video widely spread by social and mass media, a series of humiliations and tortures to which animals were subjected inside the private laboratory Vivotecnia, in Madrid, were exposed. The material shows dogs, rats, rabbits, small apes and pigs suffering unspeakable torments by those in charge of handling them at the laboratory. As was to be expected, demands for criminal intervention due to the commission of actions subsumed under the typical description of the crime of animal abuse did not take long to arise, leading to the intervention of the health authority and the initiation of a criminal investigation for the commission of this crime. However, the criminal prosecution in progress can only aspire to the conviction of the natural persons who have been proven to have participated in the acts, without reaching, in any case, the legal person, despite the fact that the habitual nature and frequency of the acts in the particular case would indicate that the latter could not but have known about them. In fact, this is so because the Spanish legal-criminal law contemplates a closed system of offences that allows criminal liability to be attributed to legal persons, not foreseeing the possibility of this type of imputation with regard to the criminal offence of animal abuse. This article explores this impossibility, favouring the idea of its incorporation into the catalogue, as a claim de lege ferenda


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