Una sociedad mercantil reclama determinada cantidad por la ejecución de obras adicionales. En el supuesto, aunque se aprobó la medición de las obras y la devolución de la garantía definitiva del contrato principal —que fue efectivamente devuelta hacía más de cuatro años— nunca se aprobó la liquidación. Se discute si ha prescrito la acción para reclamar el importe de las obras adicionales.
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