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Resumen de Límites del control de constitucionalidad a los poderes del Estado.

Ena Cecilia Obando Peralta

  • El presente artículo presenta como objetivo principal analizar la naturaleza jurídica del principio constitucional de la separación de poderes recogido en el artículo 43° de la Constitución Política de 1993 como forma de gobierno en nuestro ordenamiento jurídico y los efectos en la estructuración, funcionamiento e independencia de los poderes públicos en cuanto a la emisión de sus actos políticos y jurídicos propios de sus facultades constitucionales en concordancia con la Carta Magna y las leyes de la República. En tal sentido, expondremos los alcances de los límites jurídicos del control de constitucionalidad de los actos políticos y jurídicos de los poderes del Estado por parte del Tribunal Constitucional respecto a la división tripartita del poder político, esto es, considerando el principio de Supremacía de la Constitución, principio de legalidad, la no invasión de las competencias funcionales de los poderes del Estado y la función de interpretación constitucional. Finalmente, hablaremos del rol del juez constitucional en el derecho constitucional peruano contemporáneo.


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