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¿Responden los organismos notificados por los daños producidos por los productos auditados por ellos frente a los consumidores?. Comentario a la STS, de 18 de enero de 2021 (RJ 2021, 99)

  • Autores: Natalia Álvarez Lata
  • Localización: Cuadernos Civitas de jurisprudencia civil, ISSN 0212-6206, Nº 117, 2021, págs. 139-154
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      Aunque el fundamento de la estimación de este recurso es la no aplicación de la doctrina del levantamiento del velo y el defectuoso emplazamiento de la recurrente, lo que determina la nulidad de actuaciones y la reposición al momento en que debió emplazarse al organismo notificado, se trata de la primera sentencia del TS en la que se valora la responsabilidad de dichos organismos notificados frente a los perjudicados por productos defectuosos.

    • English

      Although the reason for upholding this appeal is the non-application of the doctrine of the lifting of the corporate veil and a procedural irregularity, this is the first judgment of the Supreme Court deals with the conditions under which certifiers can incur third-party liability under Spanish law.


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