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Resumen de Sobre el deber de lealtad en el caso de conflicto permanente y la lista numerus clausus de personas vinculadas al administrador. Eficacia de los pactos parasociales. Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de noviembre de 2020 (RJ 2020, 5282)

Emilio Martínez Cappa

  • español

    El Tribunal Supremo en la Sentencia de 17 de Noviembre de 2020 se pronunció sobre el conflicto producido en el seno de Estudios e Ingeniería Aplicada siglo XXI S.A. El Tribunal Supremo apreció que los administradores incurrieron en conflicto permanente perfilando así la casuística de este concepto jurídico, pero se cerraron la posibilidad de considerar la lista de personas vinculadas como numerus apertus y de calificar como oponibles de los pactos parasociales. En el comentario analizamos, en primer lugar, los problemas que conlleva considerar la lista como numerus clausus; en segundo lugar, la problemática que surge con los conflictos permanentes al ser estructurales; y, en tercer lugar, la cuestión de los pactos parasociales.

  • English

    The Supreme Court in the Judgment of November 17, 2020 ruled on the conflict produced within Estudios e Ingeniería Aplicada siglo XXI S.A. The Supreme Court found that the administrators incurred in a permanent conflict, thus outlining the casuistry of this legal concept, but closed the possibility of considering the list of related persons as numerus apertus and of qualifying the shareholders' agreements as opposable. In the commentary we analyze, firstly, the problems involved in considering the list as numerus clausus; secondly, the problem that arises with permanent conflicts as they are structural; and, thirdly, the question of parasocial agreements


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