La Directiva 91 / 271 / CEE (transferida al ordenamiento jurídico español por los Reales Decretos-Leyes 11 / 1995 del 28 de diciembre y el 509 1996 del 15 de marzo) obliga a descontaminar los efluentes residuales líquidos y el R. D. P. H. así como los reglamentos municipales, establecen los valores máximos de los parámetros contaminantes para permitir su vertido en las aguas superficiales o en colectores sanitarios municipales. El Anexo III del R. D. P. H. contempla los mataderos como industrias del grupo 3 (notablemente contaminantes). Pero se encuentra que la presencia en este tipo de efluentes de aceites y grasas provocan un funcionamiento inestable del proceso depurativo. En el presente trabajo se estudia el comportamiento del sistema de fangos activos Aero-Accelator en el tratamiento de efluentes residuales con diferentes cargas contaminantes de aditivos grasos
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