El pasado veintitrés de abril de dos mil veintiuno, publicábamos en esta revista un artículo sobre la jurisprudencia del Tribunal Supremo que, fijada por sentencia de 16 de marzo de este mismo año, pensábamos que cerraba esta polémica. En conclusiones terminábamos lamentando la pérdida de otra oportunidad para fijar criterios claros al respecto. Apenas medio año después las cosas han vuelto a cambiar radicalmente, como revelan las dos Sentencias del Tribunal Supremo de cuatro de noviembre pasado.
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