Antonio Piga Rivero, María Teresa Alfonso Galán
En el artículo anterior ha quedado expuesto que el primer brote de COVID19 afecta a España en febrero 2020; y que a finales de ese mes ya deberían haberse tomado medidas restrictivas de salud pública, con lo que no deberían haberse autorizado manifestaciones. Sin embargo, desde una perspectiva judicial, la tarea a realizar tiene como objetivo simular la realización de una pericia crítica, centrada en los conocimientos que se tenía de la evolución de COVID19 en el sur de Europa en las semanas previas al 8 de marzo, y en las bases fácticas de la posibilidad de demostrar una conducta “omisiva”, al no haber decretado a tiempo medidas de prevención de contagios por manifestaciones multitudinarias.
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