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El derecho de todas las mujeres a percibir la asignación universal por hijo

    1. [1] Universidad Nacional de Córdoba

      Universidad Nacional de Córdoba

      Argentina

  • Localización: Revista Derecho y Salud, ISSN-e 2591-3476, ISSN 2591-3468, Año 5, Nº. 6, 2021 (Ejemplar dedicado a: Revista Derecho y Salud 6 (enero-diciembre 2021)), págs. 176-184
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • La Corte Suprema de Justicia de la Nación, al resolver el recurso extraordinario interpuesto, estableció que las asignaciones familiares son un derecho de los progenitores, debiendo ser pagadas por el Estado, aun cuando los niños en cuestión se encuentren viviendo en un establecimiento penitenciario, en virtud de que sus madres han optado por esa modalidad. El más alto tribunal argentino estableció que interpretar lo contrario, implicaría un agravamiento ilegítimo de las condiciones originarias de detención. Estos beneficios de la seguridad social, implican garantizar el acceso de los niños y niñas a un adecuado nivel alimentario, de salud, vestimenta, entre otros derechos humanos inalienables, no siendo admisible su privación por el solo hecho de que la progenitora y el niño se alojen dentro del sistema penitenciario argentino. En este contexto, cobra relevancia el habeas corpus como herramienta central para la protección de las personas detenidas y la normativa de derechos humanos que goza de raigambre constitucional en nuestro país.


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