Debido al desarrollo tecnológico, los intereses de empresas y particulares varían con el tiempo. En las últimas décadas, uno de los usos más extendidos es el de internet y, concretamente, el de las redes sociales. Algunos de los usuarios fallecen pasado un tiempo. Esto genera disputas respecto a los intereses de terceros familiares, las empresas que ofrecen el servicio y la intimidad del propio cuius. Es por ello que la normativa de la “herencia digital“ debe ser analizada. Una sentencia relevante para ello es el fallo del BGH de 12.07.2018.
The interests of companies and individuals change over time due to technological development.
In recent years, one of the most important steps is internet and, specifically, social networks.
Some of the users die after having used social media. This generates disputes as far as the interests of the family are concerned, the firms that offer the service and the privacy of the deceased. This is why we have to analyze the regulation of "digital inheritance". A relevant judgment for that is the BGH judgment of 07.12.2018.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados