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Resumen de Establecimiento permanente a consecuencia de la utilización de sociedades instrumentales en España: Sentencia de la Audiencia Nacional de 15 de abril de 2021 (recurso 680/2017)

Néstor Carmona Fernández

  • Se considera que existe establecimiento permanente cuando se efectúa una actividad en territorio español mediante la utilización de tres sociedades instrumentales, para la fabricación por encargo, la prestación de servicios generales y la distribución de productos.

    La base imponible se determina mediante estimación indirecta.


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