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¿Qué es el derecho a la estabilidad laboral tecnológica?

  • Autores: Magdalena Balestero Casanova
  • Localización: Revista de Derecho: Publicación de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Uruguay, ISSN 1510-3714, ISSN-e 2393-6193, Nº. 21 (Enero-junio), 2020, págs. 118-148
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • ¿What is the right to technological work stability?
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El trabajo como derecho humano progresivo, que subsiste a pesar de las revoluciones tecnológicas y digitales, se proyecta hacia el reconocimiento del derecho a la estabilidad laboral tecnológica comprendida en el derecho humano al trabajo. Investigando la consagración del derecho al trabajo en los diversos sistemas de protección, tanto en la normativa nacional como en la internacional específica en la materia, se identifican medidas de tutela y protección, entre ellas el concepto de estabilidad laboral y sus consecuencias en el mundo del trabajo. Finalmente, producto del estudio de reciente jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Sentencia del 31 de agosto de 2017 en el Caso “Lagos del Campo vs. Perú”) sobre progresividad de derechos sociales y estabilidad laboral, se concluye que, al no ser ajeno el derecho al trabajo a la progresividad, consecuentemente emerge la estabilidad laboral como derecho laboral derivado y como medida de protección, desarrollando un novedoso concepto que contempla esta realidad: el derecho a la estabilidad laboral tecnológica.

    • English

      Labor as a progressive Human Right which endures despite the digital and technological revolutions, projects to the recognition of the right to job stability included in the human right to labor. By investigating labor rights sanctioned in the various protection systems, national and international rules and regulations, to identify measures for its guardianship and tutelage, including the traditional concept of job stability and its consequences in the labor world. Finally, after studying Inter-American Court for Human Rights Sentence (CIDH) from August 31st, 2017 in the Case: Lagos del Campo vs. Peru, related to progressivity of social rights and job stability, it is concluded that the right to work is not foreign to progressivity, and so emerges work stability as an adjacent labor right and as a measure of protection, developing a new concept inserted in this reality: the right to technological work stability.


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