En el presente estudio aspiramos a construir una teoría dogmática de las redes administrativas transnacionales conforme a los principios clásicos del Derecho de organización. Aunque en apariencia el fenómeno transnacional no encajaría en el Derecho de organización, tradicionalmente moldeado a partir de la personalidad jurídica del Estado y volcado en la construcción de los fenómenos jurídicos ad intra, creemos que es posible desarrollar un nivel ad extra de esta rama tradicional del Derecho administrativo, que recogiendo y transformando los conceptos dogmáticos clásicos nos permita explicar mejor el fenómeno de la participación del Estado personificado en redes transnacionales que ejercen una actividad normativa y decisoria que podemos calificar de materialmente administrativa. Esto requerirá, a su vez, un esfuerzo de reconstrucción del Estado personificado como sujeto participante de estas redes, para dilucidar en qué términos y con qué extensión pueden aplicársele las categorías que a continuación vamos a proponer.
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