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Resumen de Una mirada psicoanalítica a la intervención con niños, adolescentes y familias de refugiados

Elena Calvo Serrano

  • Según el artículo 1 de la Convención Relativa al Estatuto de los Refugiados de 1951, podemos definir “refugiado” como alguien que debido a un miedo bien fundado de ser perseguido por razones de raza, religión, nacionalidad, ser miembro de un grupo social específico o una opinión política, está fuera del país de su nacionalidad y no puede, o a causa de sus temores, no quiere acogerse a la protección de tal país. (Alto comisionado de Naciones Unidas [ACNUR], 1951, p.1)


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