En la sentencia sobre el asunto Titanium, C-931/19, de 3 de junio de 2021, el TJUE considera que no ha lugar a la existencia de establecimiento permanente a efectos de IVA cuando una empresa extranjera explota inmuebles en arrendamiento en un Estado Miembro de la UE, subcontratando la gestión operativa del negocio a una sociedad independiente de aquella, al no disponer de medios humanos en dicha jurisdicción.
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