Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado. Expediente: 21/21, de 10 de junioLa Junta Consultiva considera que la Disposición adicional tercera. 8 de la LCSP exige el informe jurídico del Secretario de la entidad local antes de la aprobación de los expedientes de contratación también en el caso de los contratos menores.
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