El TJUE resuelve un caso en el que unas plataformas de alojamiento e intercambio de archivos son utilizadas por sus usuarios para poner a disposición del resto de internautas contenidos protegidos por la propiedad intelectual sin la autorización de los titulares de derechos. Son tres las cuestiones que analiza el Tribunal: 1) la realización o no por parte de los operadores de estas plataformas de un acto de comunicación al público, conforme al art. 3.1º de la Directiva 2001/29; 2) la aplicación a éstos del régimen de exención de responsabilidad del art. 14.1º de la Directiva 2000/31; 3) la solicitud de medidas cautelares por los titulares de derechos frente a los operadores de estas plataformas. El TJUE adopta una solución que beneficia, en buena medida, a estos prestadores de servicios, en contra de la que parece ser la política de la Unión Europea a partir de la Directiva 2019/790.
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