El Covid–19 ha originado una pandemia que ha provocado una gran crisis económica. La urgencia y lo novedoso de la situación ha dado lugar a una sucesión de normas jurídicas que en muchos casos incluyen lagunas y deficiencias. Lo deseable sería potenciar los medios extrajudiciales de resolución de conflictos, especialmente la mediación, como vía alternativa a los tribunales, especialmente en conflictos individuales, en materias tan utilizadas en estos tiempos de crisis como es el teletrabajo, lo cual evitaría una mayor saturación de la vía judicial.
Podemos preguntarnos: ¿Se ha perdido una oportunidad en el ordenamiento jurídico- laboral español patra fomentar la mediación para resolver los conflictos del o vinculados al teletrabajo atendiendo a las eventuales imprecisiones de la nueva normativa y el aumento y acumulación de este tipo de conflictos debido a la pandemia de la COVID-19 y, todo ello pensando hacia el futuro?
Covid-19 has caused a pandemic that has provoqued a major economic crisis. The urgency and novelty of the situation has led to a succession of legal rules, many of which contain gaps and shortcomings. It would be desirable to promote out– of– court means of conflict resolution, especially mediation, as an alternative to the courts , above all in individual conflicts, in matters so widely used in these times of crisis, such as telework, which would avoid further saturation of the judicial system.
We can ask ourselves: An opportunity has been lost in the Spanish labor legal system to promote mediation to resolve conflicts of or related to teleworking, taking into account the possible inaccuracies of the new regulations and the increase and accumulation of this type of conflict due to the COVID pandemic-19 and all this thinking towards the future?
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados