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Resumen de ¿Es el terrorismo de palabra un límite excesivo y desproporcionado al derecho fundamental a la libertad de expresión?: El caso español

María Isabel Serrano Maíllo

  • español

    En los últimos años en España están proliferando lo que se han venido a llamar leyes mordaza. Se trata de normas que limitan de manera exagerada y desproporcionada el derecho fundamental a la libertad de expresión. En este trabajo se pretende analizar si la inclusión en nuestro código penal (CP) de los delitos de enaltecimiento y justificación del terrorismo, así como el de humillación a las víctimas responden a esta tendencia o si, por el contrario, la limitación del derecho a la libertad de expresión en su nombre es legítima. El debate surge porque la inclusión de estos delitos ha supuesto la condena de miembros de la sociedad civil (raperos, blogueros, usuarios de Twitter) ajenos a la acción violenta, por comentarios jocosos que hasta ahora eran simples chistes o por opiniones que, si bien pueden ser rechazables y contrarias al sentir mayoritario, igualmente deben ser protegidas por la libertad de expresión. Y esto es así, porque en caso contrario, se produciría un desaliento que nos llevaría a la autocensura de aquellas opiniones que se encuentran en el margen de la legalidad resultando perjudicial para el debate público y la creación de una opinión pública libre.

  • English

    In recent years in Spain the “gag laws” is proliferating. These are rules that exaggeratedly and disproportionately limit the fundamental right to freedom of expression. This paper aims to analyze whether the inclusion in our criminal code of the crimes of exaltation and justification of terrorism, as well as that of humiliation to the victims respond to this trend or if, on the contrary, the limitation of the right to freedom of expression on their behalf is legitimate.

    The debate arises because the inclusion of these crimes has led to the condemnation of members of civil society (rappers, bloggers, Twitter users) oblivious to the violent action, for humorous comments that until now were simple jokes or for opinions that, although they can be objectionable and contrary to the majority sentiment, they must also be protected by freedom of expression. And this is so, because otherwise, there would be a discouragement that would lead us to self-censorship of those opinions that are on the margin of legality, resulting detrimental to public debate and the creation of a free public opinion.


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