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¿Han venido para quedarse las vistas telemáticas?

  • Autores: Fernando Gascón Inchausti
  • Localización: Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, ISSN 1575-8427, Nº. Extra 2, 2021 (Ejemplar dedicado a: Derecho y política ante la pandemia: Reacciones y transformaciones. Tomo II. Reacciones y transformaciones en el Derecho Privado / coord. por Beatriz Gregoraci Fernández, Francisco Velasco Caballero), págs. 383-401
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • español

      Las vistas telemáticas han sido uno de los principales remedios para mantener la actividad judicial en tiempos de pandemia. Concebidas inicialmente como un equivalente funcional de las audiencias presenciales –restringidas por razones de salud pública–, han demostrado una gran capacidad para impulsar la eficiencia de la justicia civil. Este éxito está exhortando a los legisladores nacionales a generalizar su uso en un escenario post-pandémico, en el marco más amplio de una modernización tecnológica de la Administración de Justicia. La apuesta por las vistas telemáticas, sin embargo, no está exenta de peligros, especialmente cuando se pretende utilizar este formato para actuaciones en que se practican pruebas y de las que puede depender el resultado del litigio. Están en juego principios y garantías esenciales del proceso, asociados a la opción por la oralidad, como la inmediación y la publicidad. Y se corre en todo caso el riesgo de promover, para ciertos asuntos, una especie de justicia low cost, alejada quizá de los estándares que requiere el derecho a la tutela judicial efectiva.

    • English

      Virtual hearings have been one of the main remedies for maintaining judicial activity in times of pandemic. Initially conceived as a functional equivalent of face-to-face hearings – restricted for public health reasons– they have demonstrated a great capacity to boost the efficiency of civil justice. This success is urging national legislators to generalise their use in a post-pandemic scenario, within the broader framework of a technological modernisation of the administration of justice. The commitment to telematic hearings, however, is not without its dangers, especially when it is intended to use this format for hearings in which evidence is taken and on which the outcome of the process may depend. Essential principles and procedural safeguards, associated with the option for orality, such as immediacy and publicity, are at stake. In any case, there is a risk of promoting, for certain matters, a kind of low-cost justice, perhaps below the standards required by the right to an effective judicial remedy.


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