El Tribunal Supremo declara como doctrina casacional que la reducción en la base imposible del IRPF por el pago de pensiones compensatorias abarca también a los supuestos de fijación mediante un convenio regulador formalizado ante el letrado de la Administración de Justicia o el notario, pero no cuando el pacto de pensión compensatoria se alcanza sin separación o divorcio.
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