La indemnización a víctimas del terrorismo tiene por objeto aminorar las graves perturbaciones personales y sociales que los hechos terroristas ocasionan en la vida ciudadana.
En consecuencia, no se trata de una situación de responsabilidad patrimonial del Estado por supuesto funcionamiento anormal de los servicios públicos, sino de una muestra de solidaridad de la sociedad con las víctimas del terrorismo, por lo que la legislación declara compatible esta indemnización con cualquier otra pública o privada a la que tengan derecho las víctimas o sus beneficiarios.
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