El derecho a la educación inclusiva, en España, está basado en derechos establecidos en la Constitución Española y en normativa internacional que hemos traspasado a nuestra legislación. Según estas normas, la educación de los menores debe ser atendida en los centros ordinarios y sólo excepcionalmente en educación especial. Las familias tienen un derecho reforzado para la elección del centro que mejor se adapte a la educación ordinaria de sus hijos y los colegios y la administración están obligados a proveer los ajustes razonables en el modelo escolar ordinario que facilite la inclusión de quienes tienen necesidades educativas especiales. Debiendo tener presente toda la comunidad educativa que la educación inclusiva, no sólo forma parte de los derechos humanos, sino que también es un derecho de carácter imperativo y ejecutivo.
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