Juan Alejandro Martínez Navarro
La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia reconoce el derecho a solicitar la prestación de ayuda para morir. A través de su capítulo II, el legislador establece unos requisitos de acceso a la práctica eutanásica rigurosos y exigentes, que nacen en un marco comparativo internacional muy limitado. En el presente artículo se realiza una descripción y análisis de los requisitos previstos, a través de un estudio estructurado y sistemático.
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