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El Poder Judicial en el marco del principio de unidad y del Estado de las Autonomías

    1. [1] Universidad de León

      Universidad de León

      León, España

  • Localización: Revista Jurídica de la Universidad de León, ISSN-e 2529-8941, Nº. 8, 2021 (Ejemplar dedicado a: Monográfico. En defensa de la Constitución de todos), págs. 377-400
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The Judiciary within the framework of the principle of unity and the State of Autonomy
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La tradición del Poder Judicial está anclada en una estructura organizativa estatal unitaria, que la Constitución española (CE) modifica a través de un sistema de gran complejidad jurídica que supone la plasmación de la integración de un Poder Judicial unitario en el modelo de un Estado Autonómico o de las Autonomías. La coordinación entre los Títulos VI y VIII no ha estado exenta de problemas en ningún momento. El objeto del presente trabajo constituye un breve análisis del entramado constitucional del Poder Judicial y la pertinente clarificación en torno al principio de Unidad jurisdiccional, que -contrariamente a lo que a veces venos reflejado en artículos de opinión- no guarda relación directa con el diseño del Estado de las Autonomías, siendo otra la problemática de interés que suscita el modelo territorial autonómico: la debida interpretación de las limitaciones constitucionales afectantes al concepto de Administración de Justicia.

    • English

      The tradition of the Judicial Power is anchored in a unitary state organizational structure, which the Spanish Constitution (CE) modifies through a system of great legal complexity that implies the embodiment of the integration of a unitary Judicial Power in the model of an Autonomous State or of the Autonomies. Coordination between Titles VI and VIII has never been without its problems. The object of this paper is a brief analysis of the constitutional framework of the Judiciary and the pertinent clarification regarding the principle of jurisdictional unity, which -contrary to what we sometimes see reflected in opinion articles- is not directly related to the design of the State of the Autonomies, being another the problem of interest that the regional territorial model raises: the proper interpretation of the constitutional limitations affecting the concept of Administration of Justice.


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