Importante sentencia del Tribunal Suprema sobre responsabilidad de los administradores en las sociedades anónimas cuando incumplen la obligación de convocar Junta general para tomar las decisiones legales oportunas es torno a una posible disolución de la sociedad. Según la doctrina de esta sentencia, dicha responsabilidad debe descartarse cuando el tercero contratante con el ente social conoce la situación de previsible bancarrota de la sociedad. La buena fe del perjudicado es esencial para que prospere la acción de responsabilidad contra los administradores.
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