Valladolid, España
Con la reforma del artículo 510.1.a) del Código Penal español en el año 2015, se alentó una peligrosa tendencia entre los medios de comunicación y, lo que es más grave, en los operadores jurídicos: calificar como delito de discurso de odio toda expresión o manifestación hiriente, ofensiva o de dudoso humor. Para ello, se ha utilizado la circunstancia sospechosa de discriminación de la ideología, prevista en el catálogo del citado precepto, como un auténtico caballo de Troya con el que acceder a esta categoría delictiva. Teniendo en cuenta este contexto, en el trabajo que se presenta, nos proponemos: por un lado, poner de manifiesto los problemas de delimitación e inseguridad jurídica derivados de la regulación vigente y, por otro, advertir sobre las consecuencias de la interpretación del precepto por considerarlo delito de odio en vez de delito antidiscriminatorio, como venía haciéndose en España desde 1995.
Article 510.1.a) of the Spanish Criminal Code was modified in 2015, creating a dangerous trend among the media and, even worse, among legal practitioners: any harmful or offensive expression or questionable humor turns into hate speech crime. In order to do this, the suspect circunmstance of ideological discrimination (included in art. 510 catalogue) is used as a real Trojan Horse. In this context, this paper aims to reveal the problems related to the legal delimitation and legal uncertainty arising from the reform. Also, this paper discusses the interpretative consequences by using hate crime category instead of anti-discrimination crime, as it has been doing in Spain since 1995.
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