La Audiencia de la Nueva Galicia era un tribunal de alzada con amplia jurisdicción para apelar asuntos civiles y criminales. En principio estaba integrada por oidores alcaldes mayores, pero el esfuerzo de la monarquía española por dotar de mayor alcance a las audiencias indianas modificó su carácter de audiencia subordinada, para tener la categoría de audiencia y chancillería. Su traslado a Guadalajara en 1560 la convirtió en la sede indiscutible de la actividad administrativa, judicial, eclesiástica y política del reino. El artículo enlista a los presidentes, oidores y fiscales de la Audiencia de la Nueva Galicia, de 1547 a 1861.
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