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El derecho de adaptación de jornada ex art. 34.8 ET después del Real Decreto-Ley 6/2019. La cuestión de la corresponsabilidad en su reconocimiento

  • Autores: Joan Agustí Maragall
  • Localización: Jurisdicción social: Revista de la Comisión de lo Social de Juezas y Jueces para la Democracia, ISSN 2695-9321, Nº. 199, 2019, págs. 16-36
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Sumario I.- A modo de introducción.

      II.- El derecho de adaptación de jornada por causa de conciliación, ex art. 34.8 ET, en la regulación anterior.

      1. Promulgación y primera reforma del “Derecho de adaptación de jornada” 2. La controvertida eficacia del nuevo derecho de adaptación de jornada 3. La doctrina del Tribunal Supremo sobre la cuestión.

      4. La doctrina del Tribunal Constitucional: la STC 24/11 y STC 26/11.

      5. La cláusula 6ª del “Acuerdo marco sobre el permiso parental” (Directiva 2010/18).

      III.- El nuevo derecho de adaptación de jornada por causa de conciliación, resultante del RDL 6/2019.

      1. La nueva regulación del derecho.

      2. Las diferencias con la regulación anterior.

      3. ¿Clarificación definitiva de los distintos derechos de conciliación en materia de jornada? IV.- La corresponsabilidad como factor de valoración en la ponderación judicial para el reconocimiento, en su caso, del derecho de adaptación de jornada: una cuestión espinosa.


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