Breve análisis del inminente artículo 449 bis que introduce la LO 8/2021. La nueva forma de documentar las diligencias testificales establecida por el Legislador rompe con la coherencia de un sistema plenamente consolidado desde las reformas del año 2009. Introduce cautelas que no siguen lo establecido por el Tribunal Supremo en esta materia. Y, lo que es más relevante, privilegia unos diligencias instructoras frente al acto con más transcendencia en el proceso penal: el juicio oral.
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