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Resumen de Recurso contencioso administrativo. Ejecución de sentencia

José Antonio Montero Fernández

  • La potestad jurisdiccional, por mandato expreso de la Constitución, art. 117, se extiende a hacer ejecutar lo juzgado, correspondiendo esta función en exclusividad a los Juzgados y Tribunales. En el ámbito Tributario el cumplimiento de las sentencias entraña una dificultad añadida, en tanto que junto a la parquedad de la regulación sobre ejecución de sentencias en la LJCA, se concita la enorme complejidad de las normas tributarias con la que ha de coordinarse. La jurisprudencia del Tribunal Supremo, en recientes sentencias, compendia la doctrina que sobre el tema se ha elaborado y ofrece un esquema general que persigue arrojar claridad en el modo de actuar de la Administración a la hora de colaborar en la ejecución de las sentencias.


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