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La declaración de lesividad en el ámbito tributario

  • Autores: Eliseo Garrido Pérez
  • Localización: Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: Revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, ISSN 0210-2161, Nº. Extra 2, 2021 (Ejemplar dedicado a: La revisión de los impuestos locales), págs. 127-141
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La declaración de lesividad supone el acto administrativo por el que una Administración pública declara lesivo para el interés público un acto (anulable) dictado por ella favorable para el interesado, a efectos de incoar un proceso administrativo cuyo objeto es la anulación, si bien, y en puridad, la declaración de lesividad no supone propiamente la anulación del acto. Se trataría entonces de un paso previo para que la Administración, autora del mismo, pueda impugnarlo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que es la que puede anularlo.


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