Con carácter general, los centros sociosanitarios y establecimientos residenciales de ancianos de titularidad pública han establecido la obligatoriedad de realización de pruebas PCR a todos los trabajadores de dichos centros, independientemente de que tengan contacto directo con residentes, con una periodicidad de 28 días. Este es un coste sobrevenido del contrato que ni se contempla en pliegos, ni en los estudios económicos existentes y que algunas administraciones pretenden que asumamos como empresa, con advertencia de prohibir la entrada de trabajadores en caso de no hacerlo y de incoar expediente sancionador. ¿Estamos obligados a asumir este coste?
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