La NIC 12, sigue un esquema para el tratamiento del impuesto de sociedades, muy similar al del PGCE, en el que se consideran:
- La contabilización de gasto (ingreso) por impuesto sobre beneficios - La contabilización de activos (pasivos) por impuestos diferidos - La contabilización de activos por pérdidas y créditos fiscales no utilizados - La presentación del impuesto sobre beneficios en los estados financieros Sin embargo, su aplicación real difiere considerablemente de las prácticas que se han impuesto en nuestro país a través de la aplicación del PGCE.. Además de analizar estas diferencias, el artículo se completa con la revisión de la información a suministrar en la memoria, esta sí, más próxima a la que ya contempla la memoria de cuentas en nuestra normativa actual.
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