El artículo 1 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributariaen vigor,establece que “El Servicio de Administración Tributaria, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones y el despacho de los asuntos que le otorgan la Ley del Servicio de Administración Tributaria, otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demas disposiciones jurídicas aplicables, así como los asuntos que el Secretario de Hacienda y Crédito Público le encomiende ejecutar y coordinar en lasmaterias a que se refiere el presente Reglamento.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados