El pasado miércoles 12 de mayo, Economist & Jurist se hacía eco de la destacada sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Pamplona en la que se declaraba que, en virtud de la cláusula rebus sic stantibus, el inquilino de un local de negocio dedicado en parte a la hostelería no debería abonar los 2.418,14 euros que adeuda al arrendador en concepto de rentas mensuales (y cantidades asimiladas a aquellas) generadas durante la pandemia.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados