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Resumen de Finalización del Estado de Alarma ¿Y ahora con qué marco regulador nos encontraremos?: Cronus jurídico y legal de los efectos ocasionados por el coronavirus

Ana María Cardona Fernández

  • Mirando hacia atrás podemos cerciorarnos de que llevamos más de un año sumergidos en una crisis sanitaria jamás imaginada, derivada de una enfermedad nueva, desconocida, sin precedentes y que dio lugar a la Declaración del Estado de Alarma por parte de nuestro Gobierno a través del Real Decreto 463/2020 el día 14 de marzo de 2020; todo ello, unido a la restricción de libertades y derechos fundamentales que conlleva dicho estado, los cuales han sido más o menos restrictivos atendiendo al momento e incidencia de la enfermedad sobre las personas.

    Desde la declaración del estado de alarma hasta la actualidad, hemos vivido sus prórrogas, su finalización, la participación de las autoridades autonómicas en mayor o menor medida, la declaración de un segundo estado de alarma, la prórroga de este último, además de otras variables que han ido incidiendo directamente sobre el marco jurídico en el que nos hemos ido encontrando. La evolución sufrida hasta día de hoy, así como los progresos y regresos de la enfermedad y medidas adoptadas en función de ello, ha conllevado que pueda ser fácil perder el control y poder saber a ciencia cierta bajo qué paraguas jurídico nos encontramos, qué está permitido y qué no, en qué momento y en qué comunidad autónoma, si en toda la comunidad autónoma, ciudad, o tan sólo parte de ella, y ello, con motivo del cambio incesante de escenarios legales que se han producido durante este último año.


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