El pasado mes de septiembre se aprobó el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, que actualmente se encuentra tramitándose como Ley. En dicha normativa no se hace ninguna referencia a aspectos tributarios derivados del “teletrabajo” y dada la generalización de este en estos últimos meses a consecuencia de la crisis debido al COVID-19, se han generado ciertas dudas sobre el tratamiento fiscal que la Administración tributaria pueda aplicar a las retribuciones y compensaciones que las empresas entregan a los teletrabajadores. En este artículo nos ocupamos de realizar propuestas normativas que mejoren su regulación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Last September, Royal Decree-Law 28/2020, of 22 September, on teleworking was passed, which is currently being processed as a law. This regulation makes no reference to tax aspects derived from "teleworking" and, given the generalization of this in recent months due to COVID-19 crisis, certain doubts have arisen as to the tax treatment that the tax authorities may apply to the remuneration and compensation that companies give to teleworkers. In this article we are concerned with making regulatory proposals to improve their regulation in the Personal Income Tax.
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