El presente trabajo pretende reflexionar sobre el papel que hubiera sido deseable que el legislador autonómico reconociera a las entidades de colaboración urbanística en el marco de los procedimientos de intervención de los actos de uso del suelo y de edificación a los que se refiere la modificación legislativa operada por la Ley 1/2020, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística. Aunque no se trata de una omisión que no pueda ser suplida por la regulación municipal al amparo del genérico marco normativo vigente en la materia en la Comunidad de Madrid, lo cierto es que el legislador autonómico desaprovecha la oportunidad de ofrecer un marco legal homogéneo de referencia que impulse la colaboración público-privada en materia urbanística, a partir del cual los Ayuntamientos podrían haber hecho sus opciones regulativas.
This paper considers the role that regional lawmakers of Madrid should have given to urban collaboration entities in the context of the intervention procedures of acts of use of land and building, procedures that have been modified by Law 1/2020, of 8 October, which modifies Law 9/2001, of 17 July, of Land of the Region of Madrid. Law 1/2020 intends to promote and reactivate urban activity. Whilst local authorities can fill the gap in accordance with their legal powers in the Region of Madrid, lawmakers have missed and opportunity to provide a homogenous legal framework to bolster public-private partnerships in urban matters, a legal framework on top of which local authorities could have regulated further.
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