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Obligación de domiciliar los ingresos en una cuenta de pago en la entidad del prestamista durante un período establecido por el contrato de préstamo a cambio de una ventaja individualizada: TJ, Sala Quinta, S15 Oct. 2020. Asunto C-778/18: Association française des usagers de banques

  • Autores: Irmantas Jarukaitis
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 91, 2021
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que autoriza al prestamista, cuando concluye un contrato de crédito para bienes inmuebles de uso residencial, a obligar al prestatario, a cambio de una ventaja individualizada, a domiciliar todas sus retribuciones salariales o ingresos asimilados en una cuenta de pago abierta en la entidad de dicho prestamista con independencia del importe, de los plazos y de la duración del préstamo. En cambio no se opone a una normativa nacional en virtud de la cual la duración de la domiciliación impuesta, cuando esta no se refiera a todas las retribuciones salariales del prestatario, puede llegar a diez años o cubrir toda la duración del contrato, si esta fuera inferior


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