Colombia
La Constitución Política de Colombia de 1991 le da al concepto de autonomía universitaria, en su artículo 69, rango constitucional; dicho concepto es aplicado única y exclusivamente a las universidades, dado que el artículo señala que sólo las Universidades pueden darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos. Pero la ley 30 de 1992 extendió dicho concepto a las demás Instituciones de Educación Superior (IES).
La situación antes mencionada y que hace parte de una ficción jurídica, en cuanto que se otorgan atribuciones humanas a seres inanimados - personas jurídicas - como es la autonomía, deberá ser resuelto por los operadores jurídicos y en especial por la jurisprudencia.
En este artículo se muestra el devenir jurisprudencial de la Corte Constitucional, desde su creación hasta 1998, acerca del concepto de autonomía universitaria; el lector podrá observar la posición de la Corte Constitucional acerca del conflicto planteado en el primer parágrafo en este periodo.
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