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Resumen de El pasado día dieciséis de marzo, el Tribunal Supremo dictaba una sentencia que venía a confirmar un criterio previo sobre el fraude en la interinidad por vacante. Se certificaba la necesidad del estudio caso por caso de las situaciones planteadas alejándose de criterios objetivos que, previamente, parecían fijar en tres años el tope máximo de estos contratos antes de convertirlos en Indefinidos no Fijos.: (a propósito de la sentencia de la AP de Zaragoza 287/2020, de 20 de noviembre).

Francisco Álvarez Fernández

  • Supuesto en que el último día para el ejercicio de una acción (sujeto a plazo sustantivo) recae en un día considerado inhábil a efectos procesales. A juicio del autor, pese a la rotundidad de las afirmaciones vertidas en la SAP Zaragoza que se analiza, la cuestión ha sido objeto de numerosas Sentencias del Tribunal Supremo cuya doctrina no parece haberse superado por la implantación de medios telemáticos en la Administración de Justicia tras la reforma de la LEC por la Ley 42/2015.


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