Antonio María Ávila Álvarez, Miguel Ángel Díaz Mier
Se busca en el trabajo la exposición de un aspecto poco conocido como es la regulación en el sistema multilateral de comercio GATT-OMC de las denominadas cuotas de programación televisiva. Se exponen los principales argumentos utilizados para la consideración de los programas televisivos como un objeto especial de actividades económicas, objeto de debate desde los orígenes del GATT. Tras llevar a cabo un examen de las principales normas del sistema GATT-OMC de aplicación al sector, se pone de manifiesto que en el mismo se siguen planteando grandes discusiones internacionales respecto a su consideración como un servicio objeto de las normas GATT y la posibilidad de un tratamiento excepcional
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