La mediación penal como un mecanismo de justicia restaurativa, se encuentra vedado por la Ley en los casos de delitos de violencia de género, al entender que no se puede garantizar la seguridad de la víctima y su no revictimización.
Pese a ello, si acudimos a la evidencia empírica sobre mediación penal, los estudios demuestran que la mediación penal sí puede satisfacer las necesidades de la víctima de violencia de género, siempre teniendo en cuenta una serie de factores.
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