Conforme a la sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 16 de diciembre de 2020 (Sec. 4ª, rec. casación 2081/2019, ponente D. Rafael Toledano Cantero), producida una utilización abusiva de los nombramientos de personal estatutario eventual, la solución jurídica aplicable no es la conversión del personal estatutario temporal de carácter eventual de los servicios de salud en personal indefinido no fijo, sino la subsistencia y continuación de tal relación de empleo hasta que la Administración sanitaria cumpla lo que ordena el art. 9.3, último párrafo, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.
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